Published: Mayo 22, 2009
La UER firmó convenios con la Universidad Autónoma de Entre Ríos para la difusión del juego. El presidente de la Unión Entrerriana de Rugby (UER), Daniel Marcó, rubricó este viernes con la rectora de la Universidad Autónoma de Entre Ríos, (UADER), Graciela Mingo de Bevilacqua, los convenios marco y específico que le otorgan respaldo académico al proyecto de la UER denominado el Rugby va a la Escuela.
El acto, que tuvo lugar en la sede del Rectorada de la Universidad, contó también con la presencia del vicepresidente de la Unión, Gustavo Cipriani, y el oficial de Desarrollo de la UER, Daniel Aguirre, quien está a cargo del mencionado proyecto.
El titular de la UER agradeció el apoyo brindado por la alta casa de estudios para hacer posible el ambicioso proyecto de difusión del juego que lleva adelante la entidad en toda la provincia. “Agradecemos el respaldo que nos brinda la UADER para cumplir nuestro proyecto que tiene como objetivo el crecimiento del juego a través del programa el Rugby va a las Escuela”, dijo Marcó tras firmar el acuerdo.
En primer término se rubricó un Convenio Marco de Cooperación a partir del cual se adoptarán programas de cooperación y coordinación para desarrollar acciones conjuntas entre la UER y la UADER.
Luego se firmó un primer Convenio Específico cuyo objeto es el dictado en distintas sedes del territorio provincial de un Curso de Actualización sobre el Juego del Rugby y Capacitación en la modalidad Tag Rugby, en el marco del Programa El Rugby va a la Escuela. Los destinatarios de esta propuesta son profesores de educación física, entrenadores, dirigentes, docentes y público en general interesado en la temática.
LOS CONVENIOS
Los textos completos de ambos acuerdos firmados este viernes son los siguientes:
1) CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN
Entre la UNION ENTRERRIANA DE RUGBY, en adelante LA UER, Personería Jurídica aprobada por Resolución Nº:128 DIPJ, de fecha 13/08/1979, bajo matrícula Nº: 2682, con domicilio legal en calle General Urquiza Nº: 6, de la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, representado en este acto por su Presidente Daniel Marcó, DNI Nº:5.097.757 por una parte, y la UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ENTRE RIOS, a partir de ahora LA UADER, con domicilio legal en calle A. Ramírez Nº 1143, de la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, por otra parte representada en este acto por su Rectora Organizadora Lic. Graciela Mingo de Bevilacqua, DNI: 10.824.406, acuerdan celebrar el presente Convenio Marco de Colaboración Reciproca en el campo de la docencia, la investigación científica y la extensión universitaria, el que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: De común acuerdo LA UER y la UADER, adoptarán programas de cooperación y coordinación para la ejecución conjunta de proyectos de investigación, académicos y de extensión en áreas de mutuo interés, la formación y perfeccionamiento de recursos humanos y el intercambio de información científica y técnica.
SEGUNDA: Ambas partes y sus dependencias, sobre la base de la cláusula primera del presente convenio, podrán celebrar convenios específicos, entre otros, que las comprometan recíprocamente a:
I) Asesorar en el Área de su competencia
II) Contribuir al entrenamiento, capacitación y perfeccionamiento de los profesionales de a otra parte
III) Colaborar en tareas docentes en las disciplinas de su competencia.
IV) Permitir el intercambio de personal científico – docente y técnico en forma individual o como equipos de trabajo.
V) Facilitar el fluido intercambio de información científico-tecnológica y el aprovechamiento de visitas y cursos de expertos.
VI) Realizar programas académicos o carreras adjuntas.
VII) Desarrollar actividades de extensión y culturales conjuntas.
TERCERA: Las partes signatarias, con el objeto de programar, orientar y coordinar las actividades que deriven de la aplicación de este convenio, acuerdan la designación de un representante por cada una de las partes, quienes conjuntamente con los órganos respectivos competentes al efecto, actuaran de nexos institucionales
CUARTA: El personal afectado por cada una de las partes, mantendrá su situación de revista y dependerá económicamente de aquella que la haya designado.
QUINTA: Las tareas a las que dará lugar este convenio serán instrumentadas a través de convenios específicos, en los que se establecerán los detalles de su realización para cumplir las finalidades de los mismos. Los convenios específicos serán suscriptos e informados con ajuste a las normas internas de organización y procedimiento establecidas por las partes en sus respectivos ámbitos. Los convenios específicos, se ajustaran al presupuesto que de común acuerdo determinen las partes por escrito antes del inicio de cada programa o actividad. Cada institución designara a un funcionario de enlace para desarrollar y coordinar las actividades o programas específicos, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula segunda.
SEXTA: Los resultados parciales o definitivos que se logren, podrán ser publicados o dados a conocer por cualquier medio, por las partes, conjunta o separadamente, con la sola condición de hacer constar que han sido elaborados en el contexto del convenio firmado para tal fin.
SEPTIMA: En el caso que, como consecuencia de los trabajos realizados, en virtud del presente convenio, se obtuvieran resultados utilizables comercialmente o que constituyeran fuentes de recursos económicos, su utilización será motivo de un convenio especial que establezca las obligaciones reciprocas y los beneficios respectivos.
2) CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACION
Entre la UNION ENTRERRIANA DE RUGBY, en adelante LA UER, Personería Jurídica aprobada por Resolución Nº:128 DIPJ, de fecha 13/08/1979, bajo matrícula Nº: 2682 ,con domicilio legal en calle General Urquiza Nº: 6, de la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, representado en este acto por su Presidente Daniel Marcó, DNI Nº:5.097.757 por una parte, y la UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ENTRE RIOS, en adelante LA UADER con domicilio legal en calle Av. Gral. Francisco Ramírez Nº 1143 de la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, representada en este acto por la Sra. Rectora Organizadora Lic. Graciela Mingo de Bevilacqua, DNI Nº: 10.824.406 por la otra, se acuerda celebrar el presente CONVENIO ESPECIFICO:
CLAUSULA PRIMERA: El presente convenio especifico tiene por objeto el dictado de 1 (un) Curso de Actualización sobre el Juego de Rugby y Capacitación en la modalidad Tag Rugby, en el marco del Programa de Rugby Escolar “El Rugby va a la Escuela”, las que tendrán como sede todo el territorio provincial.
CLAUSULA SEGUNDA: Serán beneficiarios directos de este convenio todos los profesores de Educación Física de los ciclos Primario y Secundario; Estudiantes de Educación Física; Entrenadores y Dirigentes de Rugby; Docentes en General, Padres de Alumnos y Jugadores todas aquellas personas que tengan un interés puntual sobre la temática de la capacitación.
CLAUSULA TERCERA: Se adjunta al presente convenio específico como Anexo, la resolución aprobatoria de la UADER.
CLAUSULA CUARTA: Estará a cargo de la UER:
1- La infraestructura para el dictado de clases teóricas y prácticas en todo el territorio provincial.-
2- La designación del director y secretario del curso como así también de los capacitadores.-
3- La capacitación de los capacitadores que dictaran el curso.
4- La gestión administrativa del curso, como así también la gestión económica.
5- El pago de los gastos que demande la realización de cada acción de capacitación.
6- Pago de los gastos, de insumos y servicios, que ocasionará el dictado de la capacitación.
CLAUSULA QUINTA: Estará a cargo de ambas partes:
1- La emisión de la Certificación de aprobación del curso.
CLAUSULA SEXTA: El presente convenio tiene una duración de un (1) año a partir de la fecha de la firma por las autoridades respectivas. En caso de decidir las partes prorrogarlo, deberán notificar su intención con seis meses de anticipación a la fecha de finalización de la vigencia pactada, a efectos de suscribir un convenio de prórroga el que estará sujeto a las aprobaciones pertinentes. Cualquiera de las partes podrá rescindir anticipadamente este convenio comunicando a la otra su voluntad con noventa (90) días hábiles universitarios y administrativos de antelación por medio fehaciente. Sin perjuicio de lo expuesto será obligación de ambas partes continuar el dictado del curso hasta su finalización.
CLAUSULA SEPTIMA: Para todos los efectos legales y judiciales que pudieran corresponder en virtud de este Convenio, las partes se someten a los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Paraná, y fijan sus domicilios en los antes mencionados. Previo a toda instancia judicial deberá agotarse la instancia administrativa jerárquica que corresponda.
Prensa UER